viernes, 1 de agosto de 2014

Asistencia jurídica

La Asistencia Jurídica
            Las injusticias de los posaderos, así como de otros muchos, cometidas contra los indefensos peregrinos hizo necesaria una asistencia jurídica que estuvo básicamente en manos de los reyes.
            En toda Europa se hizo necesaria una legislación que protegiese a los peregrinos en el Camino y a sus familias y sus posesiones en su ausencia. Por supuesto, la Iglesia también tuvo que presionar a los monarcas para que tomaran en sus manos la defensa de quienes se ponían al servicio del Señor en los caminos. En la mayor parte de los casos, los reyes y príncipes europeos se limitaron a asegurar el respeto de los bienes de los peregrinos mientras durase su ausencia, pero hubo casos, como creo recordar que era el de Eslovaquia, donde al que peregrinase tres veces a Compostela, se le eximía de impuestos por el resto de sus días. Aun así parece que los eslovacos se pensaron mucho lo de hacerse a pie más de diez mil kilómetros de los de entonces.

Pero si las leyes no se cumplen en la actualidad como se pretende, mucho menos se cumplían cuando había estamentos privilegiados y así era fácil que un peregrino francés, por ejemplo, se encontrase al volver a casa, tras cinco meses de ausencia, con que su casa ya no era su casa, que sus hijas habían dejado de ser vírgenes y que su mujer estaba embarazada de tres meses. Este tipo de cosas es el que explica la reiterativa promulgación de leyes, que nadie parece muy dispuesto a cumplir. Sin embargo, la insistencia y los castigos acabarían poniendo algo de orden en aquel mundo caótico.



            En las Partidas, Alfonso X, dicta unas cuantas disposiciones con el fin de proteger a los peregrinos. Estas son algunas de ellas:























El Rey Sabio hace referencia a los portazgos, los impuestos que han de pagarse por pasar la puerta de una ciudad y de los que han de estar exentos los peregrinos. Lo cierto es que en muchísimos casos, por parte de la autoridad o del guardia, se cobraba a los peregrinos como si fuesen comerciantes. 
También estaban los pontazgos, o derechos por cruzar los puentes, peajes en caminos que atravesaban tierras de algún señor, etc.
 
Puerta de acceso a Carcasona

            Puesto que estas leyes no se cumplían con el rigor necesario, comenzaron a expenderse los salvoconductos personales, expedidos por un rey o príncipe para un titular, que debía mostrar ante cualquier autoridad, de manera que le franquease el paso por sus territorios.



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